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Nueva resolución en cuanto al Impuesto Sobre Espectáculos Públicos en CDMX

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Anuncian autoridades la exención o condonación parcial del ISEP a contribuyentes que realizan espectáculos teatrales en la CDMX.

Foro Shakespeare (CDMX, 2014). Foto cortesía del Foro Shakespeare.

Buenas noticias para el teatro en la CDMX, se acaba de anunciar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México una resolución que exime o condona parcialmente el Impuesto sobre Espectáculos Públicos a las siguientes personas físicas o morales que realizan “espectáculos públicos escénicos de corte teatral”:

  • Se exime del pago del Impuesto a los Contribuyentes que realicen espectáculos públicos escénicos de corte teatral en los teatros integrantes del Sistema de Teatros de la Ciudad de México.
  • Se exime del pago del Impuesto a los Contribuyentes que realicen espectáculos públicos escénicos de corte teatral, siempre que el aforo correspondiente al espectáculo de que se trate no sobrepase la cantidad de cien espectadores por presentación, incluyendo las localidades de cortesía.
  • Se condona el 95 % del pago del Impuesto a que estén obligados los Contribuyentes que realicen espectáculos públicos escénicos de corte teatral, siempre y cuando el aforo correspondiente al espectáculo de que se trate, sea de hasta 2,499 espectadores por presentación, incluyendo las localidades de cortesía.[1]

Las consideraciones señaladas en el documento para esta resolución son:

  • que “toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como al ejercicio de sus derechos culturales”;
  • que “es obligación de los mexicanos contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”;
  • que “los Estados parte reconocen el derecho de toda persona a participar en la vida cultural, adoptando así medidas para asegurar el pleno ejercicio de este derecho, así como la conservación, el desarrollo y difusión de la cultura”.

Celebramos el reconocimiento de la importancia de esta medida para el ejercicio de los derechos culturales de los habitantes de la Ciudad de México, de la aplicación proporcional y equitativa de las obligaciones de los ciudadanos a los gastos públicos —en este caso de los creadores escénicos—, y hacemos votos porque las letras pequeñas de esta disposición no signifiquen para quienes impulsan proyectos teatrales trámites engorrosos para conseguir la exención o condonación anunciadas.

Como señalaba recientemente Jimena Saltiel —productora y actual presidenta del Colegio de Productores de Teatro— refiriéndose a este impuesto antes de la presente resolución:

La primera forma en la que el ISEP impacta mi actividad como productora es justamente porque se lleva el 8 % de mi taquilla bruta, de los ingresos brutos de taquilla, y en proyectos que van a riesgo de taquilla ese porcentaje tiene una importante repercusión en la viabilidad del proyecto. [… La] otra manera en la que impacta mi actividad es que, si quiero acceder al subsidio que existe, hay que hacer un trámite complejo que toma tiempo y cuesta dinero ya que requiere, en la mayoría de los casos, de la contratación de una gestora que lo haga y eso genera gastos; lo ideal sería que todos los gastos que generen los proyectos estén relacionados directamente con la actividad artística, con la creación del proyecto o bien con los honorarios de quienes participan.[2]


[1] Incisos Segundo, Tercero y Cuarto de la “Resolución de carácter general por la que se exime o condona parcialmente del pago del Impuesto Sobre Espectáculos Públicos a personas físicas y morales”, contenida en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, núm. 1547, 13 de febrero de 2025.

[2] “El impacto del Impuesto sobre Espectáculos Públicos en la producción teatral en la Ciudad de México”, entrevistas de Hugo Hernández a productores de teatro, Paso de Gato, núm. 94, julio-septiembre, 2024, p. 50.

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